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25/03/2026

Bando municipal declaración responsable para instalaciones ganaderas de pequeño impacto

Se informa a los vecinos de Grandas de Salime que en la Resolución de 14 de marzo de 2025 de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio del Principado de Asturias, publicada en el BOPA n.º 78 de 24 de abril de 2025, se regula un nuevo procedimiento aplicable a determinadas instalaciones ganaderas.

Esta normativa establece un régimen simplificado, mediante el cual no es necesaria licencia ambiental, siendo suficiente con la presentación de una declaración responsable ambiental.

Esta medida afecta a aquellas actividades e instalaciones ganaderas que estén ubicadas en los núcleos de población y que carezcan de licencia municipal de actividad.

Se consideran:

1. INSTALACIONES GANADERAS TRADICIONALES las ubicadas en suelo no urbanizable de núcleo rural, o en zonas urbanas o urbanizables pendientes de desarrollo, o que se han reclasificado de suelo no urbanizable a urbano o urbanizable de baja densidad por predominar el suelo residencial, que se han utilizado para la estabulación del ganado, están inscritas en el REGAPA y cuyas edificaciones son anteriores a la aprobación del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP).

2. INSTALACIONES GANADERAS EN PRECARIO las ubicadas en suelo no urbanizable de núcleo rural, o en zonas urbanas o urbanizables pendientes de desarrollo, o que se han reclasificado de suelo no urbanizable a urbano o urbanizable de baja densidad por predominar el suelo residencial, cuyas edificaciones sean posteriores a la aprobación del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP), están inscritas en el REGAPA, pero no disponen de licencia de actividad.

Las INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO quedan exentas de presentar declaración, siempre que cumplan la normativa sectorial aplicable.

El plazo máximo de presentación es hasta el 5 de junio de 2026.

La documentación deberá presentarse conforme a los cauces establecidos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tanto

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